Descarga gratuita — sin registro

Plantilla de registro de jornada laboral gratis
en Excel y PDF (2026)

Lista para imprimir o para rellenar en el ordenador; en el Excel, el total de horas del mes se suma solo. Debajo te explicamos cómo rellenarla paso a paso para cumplir el registro diario de jornada.

Actualizado el

📊

Plantilla Excel (.xlsx)

Con fórmulas que suman automáticamente el total mensual de horas ordinarias y extraordinarias. Compatible con Excel y LibreOffice.

Descargar Excel
📄

Plantilla PDF (para imprimir)

Versión para imprimir y rellenar a mano. Incluye espacio para firma del trabajador y de la empresa.

Descargar PDF

Vista previa de la plantilla

Así es la plantilla Excel que vas a descargar:

Fecha Hora entrada Salida mañana Inicio descanso Fin descanso Salida final Total horas H. extraord. Firma
01/06/202609:00—14:0015:0018:008:00—
02/06/202608:30—13:3014:3017:308:00—
03/06/202609:00—14:0015:0019:309:301:30
…
TOTAL MES:168:001:30

Qué datos debe incluir el registro de jornada

Un registro válido tiene que permitir reconstruir la jornada real de cada persona, día a día. Como mínimo debe recoger:

La plantilla trae un espacio para cada uno de estos datos, tanto en el Excel como en el PDF.

Cómo rellenar el registro de jornada paso a paso

Tanto si usas la plantilla en papel como en Excel, el procedimiento correcto es el mismo:

  1. Descarga el Excel o el PDF con los botones de arriba.
  2. Cumplimenta la cabecera con los datos de la empresa, el nombre y DNI del trabajador y el mes al que corresponde el registro.
  3. Anota cada día la hora real de entrada en el momento en que empieza la jornada, no a posteriori.
  4. Registra las pausas (inicio y fin) para que quede claro qué tiempo es efectivo y qué tiempo no computa.
  5. Apunta la hora de salida al terminar y anota aparte las horas extraordinarias, si las hay.
  6. Anota el total de horas del día. En el Excel, el total del mes (y el de horas extraordinarias) se suma solo.
  7. Al cierre del mes, haz firmar la hoja al trabajador y guarda una copia: la empresa debe conservar el registro 4 años.

Errores frecuentes al rellenar el registro

¿Es legal llevar el registro en papel o en Excel?

Sí, hoy sigue siendo legal. Desde el 12 de mayo de 2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (introducido por el Real Decreto-ley 8/2019) obliga a registrar cada día la hora de inicio y de finalización de la jornada de todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, sin mínimo de plantilla. La ley no impone un formato: vale el papel, una hoja de cálculo o un sistema digital, siempre que el registro sea objetivo, fiable y accesible —como exigió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 14 de mayo de 2019 (asunto C-55/18)— y se conserve cuatro años a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.

Lo que no vale es un registro reconstruido «de memoria» a final de mes, ni un soporte que se pueda modificar sin dejar rastro: no cumple la exigencia de registro diario. No llevar el registro es una infracción grave (art. 7.5 de la LISOS), sancionada con multa de 751 a 7.500 euros según su graduación (art. 40.1.b). La sanción es por empresa, no por trabajador: el número de personas afectadas influye en la graduación, pero la multa no se multiplica automáticamente por cada trabajador. Si quieres el detalle, lo contamos en nuestra guía sobre las sanciones por no registrar la jornada.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9 (BOE) · Real Decreto-ley 8/2019 (BOE) · LISOS, arts. 7.5 y 40.1.b (BOE).

Cuándo la plantilla se queda corta

Una plantilla es perfecta para uno o pocos empleados en un mismo centro de trabajo. Pero un Excel se puede editar sin dejar rastro —lo que le resta valor como prueba— y no llega a quien trabaja fuera: comerciales en ruta, técnicos, obra, reparto o asistencia domiciliaria. Cuando el equipo crece o se mueve, un software de control horario evita los errores manuales y deja el registro siempre disponible.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el registro horario en España?
Sí. Desde el 12 de mayo de 2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (introducido por el Real Decreto-ley 8/2019) obliga a todas las empresas con personas trabajadoras por cuenta ajena a registrar cada día la hora de inicio y de finalización de la jornada de cada una. No hay mínimo de plantilla: afecta desde un solo empleado.
¿Cuánto tiempo hay que conservar el registro?
Cuatro años, a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo, según el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Es válido rellenar el registro de jornada en Excel?
Sí. La ley no exige un sistema concreto, solo que el registro sea fiable, accesible y se conserve cuatro años. Una hoja Excel es válida para uno o pocos empleados en un mismo centro; para equipos más grandes o que trabajan fuera (técnicos, obras, reparto), un software como FicharConMovil ofrece más garantías, porque el registro no se puede modificar sin dejar rastro y los empleados fichan desde el móvil.
¿Cómo se rellena el registro si hay turnos partidos?
Se anotan los dos tramos: la entrada y la salida de la mañana y la entrada y la salida de la tarde, de modo que la pausa intermedia quede como tiempo que no computa. En la plantilla, esa pausa va en las columnas «Inicio descanso» y «Fin descanso».
¿Quién tiene que firmar el registro de jornada?
Lo habitual es que lo firme el trabajador al cierre de cada mes, como conformidad con las horas registradas, y que la empresa conserve una copia. La firma no es un requisito legal expreso del art. 34.9 ET, pero refuerza el valor probatorio del registro.
¿Qué multa hay por no llevar el registro horario?
Es una infracción grave del art. 7.5 de la LISOS, sancionada con multa de 751 a 7.500 euros según su graduación (art. 40.1.b). La sanción es por empresa, no por trabajador: el número de personas afectadas influye en la graduación, pero la multa no se multiplica automáticamente por cada trabajador.
¿Puedo usar esta plantilla para teletrabajadores?
Sí. La obligación de registrar la jornada es la misma en teletrabajo: la persona anota su hora de entrada y de salida con independencia de dónde trabaje. Con FicharConMovil puede fichar desde cualquier navegador o, con el servicio opcional, por WhatsApp.
¿Es obligatorio el fichaje digital en 2026?
El registro diario de jornada es obligatorio desde 2019 (art. 34.9 ET), pero un registro exclusivamente digital todavía no lo es: la norma que lo exigiría sigue en tramitación y, a fecha de esta actualización, no se ha publicado en el BOE. Por eso esta plantilla sigue siendo válida hoy. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre el fichaje digital.

¿Más de 3 empleados? Automatízalo con FicharConMovil

Tus empleados fichan desde el móvil —o por WhatsApp y Telegram, como servicio opcional— y tú exportas el registro para la Inspección cuando te lo pidan. 5 €, 4 € o 3 € por usuario y mes según el tamaño de la plantilla (sin IVA) · Sin alta · Sin permanencia.

Probar gratis 14 días, sin tarjeta →