Ramón tiene tres ópticas en la provincia de Alicante: la primera, la de toda la vida, en el centro; una segunda en San Vicente del Raspeig y una tercera que abrió hace dos años en Elche. Nueve personas en total: tres ópticos-optometristas titulados, tres asesores de venta, una persona en el taller de montaje, una auxiliar a tiempo parcial que solo cubre los sábados por la mañana y una administrativa que lleva las tres tiendas desde la de Alicante.
El horario es el clásico del comercio de barrio: de diez a una y media y de cinco a ocho y media, de lunes a viernes, más el sábado por la mañana. Sobre el papel, un cuadrante sencillo. En la práctica, un rompecabezas: el óptico de Elche cubre a veces la tarde de San Vicente, el del centro sale a hacer campañas de revisión visual en colegios y residencias, y el del taller entra antes para montar las gafas que hay que entregar a mediodía. Todo eso se anotaba en una libreta que Ramón guardaba en el cajón del mostrador.
El día que la administrativa le preguntó cómo demostraba —si alguien se lo pedía— que en las tres tiendas había habido siempre un óptico-optometrista durante todo el horario de apertura, Ramón se dio cuenta de que su libreta no servía ni para lo laboral ni para lo sanitario. En este artículo explicamos qué exige la ley sobre el fichaje en ópticas, por qué en este sector el registro de jornada cumple una doble función, cómo se registra al personal a tiempo parcial y cómo FicharConMovil, de Softnet Sistemas SL en Alicante, resuelve el control horario de una óptica con varias tiendas sin poner un terminal en cada mostrador.
FicharConMovil en acción
Cada turno y cada tienda, fichados desde el móvil
Entradas, salidas, cambios de establecimiento y campañas fuera de la óptica quedan registrados en segundos, sin libretas ni terminales en cada mostrador.
Qué dice la ley sobre el registro horario en una óptica
Toda óptica con personal asalariado está obligada a llevar un registro diario de jornada de cada trabajador, con la hora concreta de inicio y de fin, aunque sea una sola tienda con dos empleados. Lo impone el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que alcanza a la práctica totalidad de las personas trabajadoras por cuenta ajena, salvo la alta dirección y algunos regímenes especiales. No hay excepción por tamaño del establecimiento ni por tipo de contrato.
La obligación es diaria y nominal: no vale el horario de apertura publicado en el escaparate ni el cuadrante previsto. Hay que registrar lo que ocurre de verdad cada día, persona a persona. El registro debe conservarse durante cuatro años y permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo.
Conviene situar bien la cronología, porque se cuenta al revés muy a menudo: el artículo 34.9 del ET lo introdujo el Real Decreto-ley 8/2019, con efectos desde el 12 de mayo de 2019. Dos días después, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de mayo de 2019 (asunto C-55/18) reforzó esa línea al obligar a los Estados miembros a imponer a las empresas un sistema objetivo, fiable y accesible de medición de la jornada.
No llevarlo es una infracción grave en materia de relaciones laborales (artículos 7.5 y 40.1.b de la LISOS), con multas de 751 a 7.500 euros. Conviene aclarar el mito recurrente: conforme al Criterio Técnico 101/2019 de la Inspección, la sanción se impone a la empresa y no se multiplica automáticamente por cada trabajador; el número de afectados influye en la graduación del importe, no en el número de multas. Lo desarrollamos en nuestra guía sobre las sanciones por no llevar el registro horario.
En una óptica el registro de jornada tiene una segunda utilidad: acreditar la cobertura del titulado
Un establecimiento de óptica no es solo un comercio: es un establecimiento sanitario, y la normativa autonómica que regula sus requisitos tecnicosanitarios exige un director técnico óptico-optometrista colegiado y que, durante el horario de apertura al público, haya presencia de un óptico-optometrista en el establecimiento —el director técnico o quien le sustituya con la misma titulación, conforme a la norma autonómica—. Las competencias sanitarias están transferidas, así que cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, con matices relevantes sobre las suplencias y sobre cómo debe cubrirse la ausencia del director técnico: consulta la que se aplica a tu centro.
Aquí está el ángulo que distingue a una óptica de cualquier otro comercio. El cuadrante dice que el óptico-optometrista de la tienda de Elche está de cuatro y media a ocho y media. Si ese día tuvo que salir a las siete para cubrir una urgencia en otra tienda y nadie con su titulación se quedó, la óptica estuvo abierta hora y media sin la cobertura que la normativa sanitaria exige. Con una libreta, ese hueco no aparece por ninguna parte. Con un registro de jornada real, ese hueco es visible el mismo día en que se produce —y se puede corregir antes de que sea un problema.
Son dos obligaciones distintas y no conviene mezclarlas: el registro de jornada del artículo 34.9 ET es una obligación laboral frente a la Inspección de Trabajo, y la cobertura del director técnico es una obligación sanitaria frente a la consejería de sanidad correspondiente. Pero el mismo dato —quién estuvo, dónde y a qué hora— alimenta las dos. Tener el registro bien llevado no te exime de la segunda, aunque te da la evidencia con la que responder. La normativa sanitaria, además, puede imponer sus propios plazos de conservación de la documentación y los registros del establecimiento, superiores al plazo laboral de cuatro años: no des por hecho que el plazo laboral te cubre todo y revisa la norma autonómica aplicable a tu centro.
Por qué los sistemas tradicionales fallan en una óptica
- El turno partido multiplica las marcas. Cuatro fichajes diarios por persona en un horario de diez a una y media y de cinco a ocho y media. En una libreta, siempre falta uno; y el que falta suele ser el de la tarde.
- La plantilla se mueve entre tiendas. Cuando el óptico del centro cubre la tarde de San Vicente, ¿en qué establecimiento consta esa jornada? Un cuaderno por mostrador no sabe responder a eso.
- El taller de montaje tiene otro ritmo. Quien monta las gafas entra antes de abrir y a veces se queda después de cerrar para sacar los encargos del día. Ese tiempo, si no se ficha, desaparece.
- Las campañas fuera del establecimiento no encajan. Las revisiones visuales en colegios, empresas o residencias son jornada de trabajo en otro sitio, y un terminal atornillado a la pared de la tienda no sirve para registrarlas.
- El personal a tiempo parcial arrastra un régimen reforzado. La auxiliar que solo hace sábados es, precisamente, la que más papeleo genera si no hay sistema.
- Con las manos ocupadas nadie va a un ordenador. Entre graduar, ajustar una montura y atender el mostrador, cualquier sistema que exija sentarse a una pantalla se rellena a última hora y de memoria.
Qué debe capturar un fichaje útil en una óptica
- Hora exacta de inicio y fin de cada tramo, con tantas marcas al día como haga falta: el turno partido es la norma en el sector, no la excepción.
- Identificación del establecimiento en cada fichaje, para saber en qué tienda estuvo cada persona y poder acreditar la cobertura de cada local por separado.
- Registro del trabajo fuera de la óptica: campañas de revisión visual, visitas a residencias, ferias o formación del fabricante.
- Totalización mensual automática por trabajador, lista para adjuntar al recibo de salarios de quien tiene contrato a tiempo parcial.
- Control del descanso entre jornadas, sobre todo cuando alguien cierra una tienda por la noche y abre otra a la mañana siguiente.
- Exportación por periodos, persona y establecimiento, para responder a un requerimiento sin reconstruir meses de libreta.
Qué exige el contrato a tiempo parcial en una óptica
El personal a tiempo parcial tiene un régimen de registro reforzado y es el que más riesgo económico concentra. El artículo 12.4.c del ET obliga a registrar día a día la jornada de estas personas, totalizarla mensualmente y entregarles una copia del resumen junto con el recibo de salarios, conservando los registros durante cuatro años. Si la empresa incumple esta obligación, el contrato se presume celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
Traducido a la realidad de una óptica: si la auxiliar que hace cuatro horas los sábados no tiene registro diario ni resumen mensual, la empresa puede acabar defendiéndose frente a una reclamación de jornada completa. Y en los picos —rebajas, campaña de vuelta al cole, ofertas de gafas de sol en primavera— hay que tener claro que en el contrato a tiempo parcial no caben horas extraordinarias salvo los supuestos de fuerza mayor (artículos 12.4.c y 35.3 del ET): el ajuste al alza se articula mediante horas complementarias conforme al régimen del artículo 12.5 del ET. En la plantilla a jornada completa, en cambio, el exceso sobre la jornada ordinaria sí son horas extraordinarias, con un tope de 80 al año (artículos 35.1 y 35.2 del ET). En ambos casos, quedan registradas.
Cómo FicharConMovil resuelve el control horario en ópticas
FicharConMovil convierte el móvil que cada empleado ya lleva encima en el sistema de fichaje, con el establecimiento identificado en cada marca, de modo que registrar una entrada cuesta menos que abrir la libreta del cajón. No hay que instalar terminales en las tres tiendas ni pedir a nadie que interrumpa una graduación para ir a un ordenador.
| Situación | Con libreta o cuadrante en papel | Con FicharConMovil |
|---|---|---|
| Turno partido de mañana y tarde | Cuatro anotaciones diarias por persona; siempre falta alguna | Fichajes ilimitados con hora exacta; el día cuadra solo |
| Personal que rota entre tiendas | Nadie sabe en qué establecimiento estuvo cada uno cada tarde | Cada fichaje queda asociado a su establecimiento |
| Cobertura del óptico-optometrista | Se supone que se cumple; no hay forma de demostrarlo | Presencia por tienda y franja horaria, documentada y exportable |
| Auxiliar a tiempo parcial | Sin resumen mensual; riesgo de presunción de jornada completa | Registro diario y totalización mensual para entregar con la nómina |
| Campañas fuera del establecimiento | Se anotan de memoria al volver, o no se anotan | Se fichan en destino, con la ubicación de la campaña |
| Requerimiento de la Inspección | Días transcribiendo libretas de tres tiendas | Exportación del periodo solicitado en minutos |
Y para quien está ajustando una montura o en mitad de una graduación, el fichaje puede hacerse por WhatsApp o Telegram con IA, sin abrir ninguna aplicación adicional. Es el mismo problema que resolvimos en el fichaje del comercio y las tiendas y en el de las clínicas dentales: manos ocupadas, cliente delante y cero tolerancia a la fricción.
Caso real en Alicante
Las tres ópticas de Ramón implantaron FicharConMovil a principios de temporada. Doce meses después, estas son las cifras:
- 9 personas dadas de alta en 3 establecimientos (Alicante, San Vicente del Raspeig y Elche), sin instalar ningún terminal.
- De 3,5 horas semanales a 15 minutos de trabajo administrativo para cerrar el control horario de las tres tiendas.
- 36 € al mes de coste total, en el tramo de 6 a 50 empleados, sin cuota de alta ni permanencia.
- 2 contratos a tiempo parcial que ahora reciben su resumen mensual de horas junto al recibo de salarios.
- 0 huecos de cobertura detectados en el último semestre: cuando el cuadrante y la realidad se separan, salta el mismo día y no seis meses después.
- 14 campañas de revisión visual fuera del establecimiento registradas con su ubicación, en lugar de anotarse de memoria al volver.
Lo que más valora Ramón no es el ahorro de tiempo, sino haber dejado de improvisar: sabe qué persona estuvo en qué tienda y en qué franja, y puede demostrarlo. Si te interesa el detalle económico de implantar un sistema así, tenemos un análisis completo de cuánto cuesta un sistema de fichaje para una pyme.
¿Cuándo tiene sentido implantar FicharConMovil en una óptica?
- Tienes más de un establecimiento y tu personal rota entre ellos según las necesidades del día.
- Trabajas con turno partido y las anotaciones de la tarde se pierden con frecuencia.
- Tienes contratos a tiempo parcial y no estás entregando el resumen mensual de horas con la nómina.
- Haces campañas de revisión visual fuera de la tienda y ese tiempo no queda registrado en ningún sitio.
- Quieres poder acreditar quién estuvo en cada local y en qué franja, sin depender de la memoria de nadie.
- Alguien dedica varias horas a la semana a transcribir libretas y cuadrar horas a final de mes.
Preguntas frecuentes sobre el fichaje en ópticas
¿Es obligatorio el registro horario en una óptica pequeña?
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores no fija ningún mínimo de plantilla: una óptica con un solo trabajador por cuenta ajena ya está obligada a llevar el registro diario de jornada. Solo quedan fuera la alta dirección y determinados regímenes especiales.
¿Tiene que fichar el óptico-optometrista que es también el dueño de la óptica?
El registro de jornada afecta a las personas trabajadoras por cuenta ajena. El titular que ejerce como autónomo y no tiene contrato de trabajo no ficha por esa vía; el óptico-optometrista contratado por la empresa, sí. Si el titular figura en nómina como trabajador, entra en el registro como cualquier otro.
¿El registro de jornada sirve para acreditar la presencia del director técnico?
Son obligaciones distintas: la laboral, frente a la Inspección de Trabajo, y la sanitaria, frente a la administración autonómica competente. Pero el registro de jornada aporta la evidencia objetiva de quién estuvo en cada establecimiento y en qué franja horaria, que es exactamente el dato que se necesita para justificar la cobertura del titulado.
¿Cómo se registra a una persona que trabaja solo los sábados?
Con el mismo detalle que al resto y con una capa adicional. El artículo 12.4.c del ET exige registro diario, totalización mensual de las horas y entrega de una copia del resumen con el recibo de salarios. Si no se cumple, el contrato se presume celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
¿Cuenta como jornada el tiempo de las campañas de revisión visual fuera de la tienda?
Sí, cuando se prestan bajo la organización y dirección de la empresa: son tiempo de trabajo efectivo y deben registrarse igual que una jornada en el establecimiento. Puedes profundizar en qué tiempos se consideran jornada según la jurisprudencia.
¿Cuánto descanso debe haber entre el cierre de una tienda y la apertura de otra?
Como regla general, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben mediar al menos doce horas (artículo 34.3 del ET). Es un punto a vigilar en cadenas pequeñas, donde la misma persona cierra un establecimiento por la noche y abre otro a primera hora.
¿Qué multa tiene una óptica que no lleva el registro de jornada?
Es una infracción grave sancionable con multa de 751 a 7.500 euros (artículos 7.5 y 40.1.b de la LISOS). Según el Criterio Técnico 101/2019 de la Inspección, se impone a la empresa y no se multiplica por cada trabajador, aunque el número de afectados puede agravar el importe.
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